De nunca acabar, supuestas fallas en el fallo

Una vez más los documentos y estatutos oficiales de nuestro ente futbolero demuestran ser redactados por “pseudo” profesionales amantes de las ambigüedades.

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De nunca acabar parece la historia. Ayer Wilstermann, que fue notificado al igual que los demás clubes afectados, detectó que en dicho fallo por la causa de Oriente Petrolero sólo hay dos firmas y aducen que este tema infringe con la norma que está escrita en el Estatuto Orgánico de la FBF.

Es que ahora este partido parece ser el duelo de habilidades de abogados a ver cual es el que mejor la mueve. En dicho Estatuto se establece en el código 46 al que hacen referencia:

Estatuto Orgánico de la FBF – Sobre el Tribunal Superior de Disciplina Deportiva

ART 46:

Sus miembros podrán ser removidos por simple mayoría de votos del Comité Ejecutivo previo proceso sumario, a denuncia de parte, por incurrir en las faltas e infracciones previstas en el Código Disciplinario, a las que deben sumarse el cohecho, soborno y prevaricato o por incumplimiento reiterado en el ejercicio de sus funciones.

El Tribunal Superior de Disciplina Deportiva está compuesto por cinco miembros: un Presidente, un Decano, un Secretario y dos Vocales. Durarán en sus funciones dos años calendario desde su posesión, pudiendo ser reelectos.

Estatuto Orgánico in extenso: http://www.fbf.com.bo/web/documentacion/ESTATUTO-ORGANICO-FBF.pdf

En el fallo que se hizo público recién el primer día hábil luego de ser emitido, es decir ayer lunes, la observación del club rojo subraya esa doble firma que hace que sean sólo dos miembros de 5 los que lo dan por válido. Pero el TSDD tuvo dos bajas la primera fue la del Dr. Ernesto Araníbar Sagárnaga falleció el año pasado (09/09/2012) y dejó acéfala una de las carteras de dicho Tribunal. La otra baja es la del Dr. Mario Monterrey que no quiso participar de la sesión por ser cochabambino y tener intereses vallunos involucrados (algo que desde Late! criticamos profundamente, por la falta de profesionalismo).

En consecuencia de lo antes explicado, la resolución emitida el día sábado contó con la presencia única de tres “supremos”: Saúl Paniagua (Sta Cruz),  Luis Calvimonet (La Paz), José María Pino (Sucre). El primero de los tres voto disidente en el caso de Oriente y no firmó el fallo emitido el fin de semana. Pero según él mismo explica -si firmó en el anexo del fallo- ahí se detalla su voto disidente, según aclara.

Walter Zuleta como vicepresidente de la Liga (Y dirigente de Bolívar) afirma que la Liga no puede tomar como válido el fallo, el abogado de Oriente Petrolero Victor Hugo Pérez, afirma que son declaraciones mal intencionadas y buscando intereses propios los de Zuleta.

La realidad es que la norma del Estatuto Orgánico de la FBF es clara en condiciones normales, de cinco miembros tres son mayoría y no origina dudas. Pero en ningún lugar se estipula la acefalía dejada por la murte de uno de sus miembros, tampoco que pasa si las sesiones tienen menos miembros de los establecidos en un papel.

Una vez más los documentos y estatutos oficiales de nuestro ente futbolero demuestran que fueron desarrollados por “pseudo” profesionales que al parecer como afición usan y disfrutan de las ambigüedades.

 

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